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Nueva Ley de Alquileres 85-25 permite notificar atrasos desde el primer día de mora y elimina el requisito del «2 más 1»

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La recién promulgada Ley 85-25, que regula los contratos de alquiler en República Dominicana, introduce cambios sustanciales en la relación entre propietarios e inquilinos. Entre las novedades más relevantes, los dueños de inmuebles podrán notificar el atraso en el pago desde el primer día franco de mora, agilizando así los procesos de cobro y desalojo.

El magistrado Octavio Mata, juez presidente de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Judicial de la provincia La Altagracia, explicó que la legislación busca acelerar los trámites judiciales y poner fin a los prolongados conflictos que por años afectaron a ambas partes. «Cuando se trata de incumplimiento por falta de pago, se puede intimar al inquilino mediante acto de alguacil en un plazo no mayor de diez días francos, incluso desde un día franco de atraso», señaló.

La norma establece que las audiencias por conflictos de alquiler deberán fijarse en menos de 30 días y el juicio no podrá extenderse más de cinco días, un avance significativo frente a la lentitud que caracterizaba estos casos bajo la legislación anterior.

Uno de los cambios más notables es la eliminación del popular requisito «2 más 1», que obligaba al inquilino a entregar dos depósitos y un mes adelantado. La nueva ley busca equilibrar las cargas económicas entre las partes, aunque algunos costos podrían ser compartidos.

El magistrado también destacó que, una vez emitida una sentencia de desalojo, el proceso podrá detenerse si el inquilino paga la totalidad de la deuda pendiente. «Ese es uno de los grandes avances de esta ley», afirmó Mata, al subrayar que la medida protege el derecho a la vivienda sin dejar de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales. La legislación moderniza el sistema de alquileres, ofreciendo mayor seguridad jurídica, rapidez procesal y mecanismos más equilibrados.