El Tribunal Supremo de Estados Unidos avaló este viernes la petición del presidente Donald Trump para que se levanten los bloqueos judiciales a su orden ejecutiva que limita la ciudadanía por derecho de nacimiento, una medida que ha causado gran polémica en el país.
Con una votación de 6 a 3, los jueces ordenaron revisar las medidas cautelares emitidas por tribunales en Maryland, Massachusetts y Washington, que habían paralizado temporalmente la implementación del decreto. Sin embargo, el Supremo estableció que la norma no podrá entrar en vigor hasta dentro de 30 días.
La orden ejecutiva, firmada por Trump en su primer día del nuevo mandato, establece que no obtendrán ciudadanía automática los niños nacidos en EE.UU. cuyos padres no sean ciudadanos ni residentes legales permanentes.
Trump celebró el fallo en su red Truth Social, calificándolo como una “decisión monumental para la Constitución y el Estado de derecho”, y reafirmó su intención de “proteger el valor de la ciudadanía estadounidense”.
¿El fin del ‘ius soli’?
El derecho de ciudadanía por nacimiento, conocido como ius soli, está garantizado por la 14.ª Enmienda de la Constitución, ratificada en 1868 tras la Guerra Civil. Según esta disposición, cualquier persona nacida en territorio estadounidense adquiere automáticamente la ciudadanía, sin importar el estatus migratorio de sus padres.
La Casa Blanca argumenta que los hijos de personas en situación irregular no están “sujetos a la jurisdicción” de Estados Unidos —una frase clave de la enmienda— y por tanto no califican para adquirir la ciudadanía.
Esta interpretación ha sido duramente cuestionada por expertos legales, quienes señalan que cambiar una enmienda constitucional requiere una reforma profunda, no solo una orden ejecutiva.
A la espera del reinicio de la aplicación dentro de 30 días, la resolución judicial marca un giro radical en la política migratoria de EE.UU., reforzando la línea dura que ha caracterizado a la Administración Trump.