Justicia Nacionales

Ministerio Público apela el perdón judicial otorgado a Wander Franco pese a ser declarado culpable de abuso sexual

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El Ministerio Público ha interpuesto un recurso de apelación parcial contra la sentencia dictada por el Tribunal Colegiado Ad Hoc de Puerto Plata, que, si bien declaró penalmente responsable al pelotero Wander Samuel Franco Aybar por abuso sexual y psicológico contra una adolescente, le concedió un perdón judicial que, a juicio de los fiscales, resulta desproporcionado y ajeno a la gravedad de los hechos.

La impugnación, presentada por la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y la Fiscalía de Puerto Plata, cuestiona la Sentencia Penal núm. 272-02-2026-SSEN-00149, emitida por un tribunal integrado por los jueces José Ramón Núñez (presidente), Jenny Amarilis Martínez y Praire Ruiz, designados para conocer el nuevo juicio ordenado en diciembre pasado por la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Puerto Plata.

El recurso sostiene que la exención total de pena concedida a Franco, a pesar de haberse acreditado su responsabilidad penal por violación de los artículos 396, literales b y c, del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03) —que sancionan el abuso sexual y el abuso psicológico—, constituye una interpretación extensiva e incorrecta de una figura jurídica concebida para circunstancias excepcionales que, según los fiscales, no concurren en este caso.

Los representantes del Ministerio Público argumentan que la decisión se aparta de los presupuestos legales que regulan el perdón judicial, debilita los fines de prevención y sanción del derecho penal, y envía un mensaje contrario a la protección reforzada que el ordenamiento jurídico dominicano otorga a los niños, niñas y adolescentes. "Las decisiones judiciales deben mantener coherencia con los hechos probados, la calificación jurídica establecida y el marco legal aplicable", señalaron los magistrados Ramona Nova Cabrera, Kelmi Ricardo Duncan Torres, Claudio Alberto Cordero Jiménez, José Martínez Montán y Olga Diná, quienes suscriben la apelación.

En contraste, la sentencia condenó a la madre de la víctima a diez años de prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Mujeres, en Santiago, por explotación sexual comercial y lavado de activos, decisión que no fue recurrida por ninguna de las partes.

Con este recurso, el Ministerio Público procura que la Corte de Apelación examine integralmente los aspectos impugnados y adopte una decisión acorde con la Constitución, la ley y la protección efectiva de los derechos fundamentales de las víctimas, en un caso que ha conmocionado a la opinión pública y reabierto el debate sobre la respuesta judicial ante delitos de abuso sexual contra menores.