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Fin al “salvajismo urbano”: INTRANT endurece control sobre patinetas eléctricas y amenaza con sanciones

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El director Milton Morrison traza la línea divisoria: lo que es juguete, lo que es vehículo y lo que será retenido

Santo Domingo. – El caos silencioso sobre ruedas tiene los días contados. El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) anunció este miércoles un reforzamiento integral de la fiscalización sobre patinetas eléctricas y dispositivos de movilidad personal, en una ofensiva que prioriza al peatón y redefine los límites de la convivencia vial.

La regla de oro: 20 km/h y fuera de la acera
La institución recordó que, conforme a la Ley 63-17, las patinetas eléctricas tienen prohibido circular por aceras y su velocidad máxima está capped en 20 kilómetros por hora. Cualquier modificación del motor que permita exceder ese rango será considerada violación directa y activará el régimen sancionador.

Multas que duelen: de 1 a 3 salarios mínimos
El incumplimiento de estas disposiciones conlleva sanciones económicas equivalentes a entre uno y tres salarios mínimos del sector público centralizado, según el artículo 251 de la Ley 63-17. La DIGESETT será el brazo ejecutor de la fiscalización.

La aclaración que lo cambia todo: ¿patineta o motocicleta?
El director ejecutivo del INTRANT, Milton Morrison, fue tajante al distinguir:

SÍ a Dispositivos de movilidad personal:

  • Patinetas sin sillín.
  • Bicicletas de pedaleo asistido (el motor solo complementa el esfuerzo humano).
  • Uso obligatorio de casco.
  • Límite: 20 km/h.

NO a Motocicletas eléctricas (aunque tengan pedales):

  • Su propulsión depende de acelerador.
  • Exigen placa oficial, matrícula, seguro y licencia de conducir Categoría 1.
  • Sin estos requisitos: retención inmediata.

“No es lo mismo una patineta que una motocicleta disfrazada. La ley es clara y la vamos a hacer cumplir” , subrayó Morrison.

Dos nuevas fronteras: Aduanas e Impuestos Internos en la mira
En un movimiento que endurece el cerco, el INTRANT notificará formalmente a la Dirección General de Aduanas (DGA) y a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) que:

  • Toda motocicleta eléctrica deberá completar procesos ordinarios de importación y matriculación antes de circular.
  • Importadores, distribuidores y empresas de alquiler serán corresponsables del cumplimiento legal.

El contexto: cuando la movilidad verde se vuelve invasión
El crecimiento exponencial de estos dispositivos, especialmente en zonas de alta densidad peatonal, había convertido aceras y cruces en territorios sin ley. Adultos mayores, niños y ciudadanos comunes han sido rehenes de una movilidad mal entendida. Esta normativa busca restaurar el orden sin criminalizar la innovación.

Conclusión: orden sobre ruedas
INTRANT no prohíbe; regula. La diferencia es sustancial. Las patinetas no desaparecen, pero deberán convivir con reglas claras, sanciones disuasivas y una distinción técnica que impide el camuflaje de motocicletas bajo apariencia ecológica. La acera vuelve a ser del peatón. La vía, de quien respeta sus límites.