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Senado aprueba ley que regula la sucesión municipal

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El Senado de la República aprobó de manera definitiva la ley que regula la sucesión en el nivel municipal, resolviendo así un vacío jurídico que había sido advertido por el Tribunal Constitucional (sentencia TC/0446/25), el cual otorgó un plazo de un año al Congreso Nacional para corregir esa omisión.

La nueva legislación modifica los artículos 36, 64 y 81, y adiciona los artículos 66.1 y 66.2 a la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios. El objetivo principal es establecer un procedimiento claro y normado para suplir vacantes de alcaldes, vicealcaldes, regidores y directores de juntas distritales.

La iniciativa fue presentada por la senadora Mercedes Ortiz, representante de la provincia Hermanas Mirabal.

Entre las disposiciones clave, el artículo 36 reformado establece que, en caso de vacante de un regidor sin suplente, el partido político correspondiente deberá presentar una terna dentro de 30 días al Concejo de Regidores, preferiblemente compuesta por candidatos originalmente postulados. Si el partido no cumple con el plazo, el alcalde podrá presentar una terna para que el Concejo seleccione al sustituto.

Respecto a los alcaldes, el nuevo artículo 64 estipula que el vicealcalde asumirá en caso de ausencia definitiva del titular. Si ambos están imposibilitados, el secretario general de la alcaldía asumirá de forma provisional. De no existir esta figura, el presidente del Concejo de Regidores gestionará una propuesta con el partido correspondiente, la cual deberá ser conocida en sesión dentro de 30 días tras su recepción.

Con esta aprobación, el Congreso Nacional cumple el mandato del Tribunal Constitucional y se dota de un marco legal para garantizar la continuidad y estabilidad de la administración municipal.

El proyecto será remitido ahora al Poder Ejecutivo para su promulgación y posterior publicación en la Gaceta Oficial.